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viernes, 3 de mayo de 2013

OPINIÓN DE LOS LECTORES

      
     Pasado el ecuador de esta andadura, debíamos conocer la opinión de los lectores. La finalidad de este artículo ha sido dar cabida a comentarios generales, poniendo como límite el 30 de abril. 

    No han sido muchos los comentarios por un motivo o por otro (en especial, por un problema de configuración ya resuelto), pero nuestro más sincero agradecimiento a aquellos que han acudido a nuestro reclamo animando y sugiriendo. 
 
    Muchas gracias, como siempre, a los que leen y a los que escriben.

lunes, 4 de febrero de 2013

DERECHOS DE AUTOR

 ACTIVIDAD 5: OPINIÓN
            
      Con esta carta y sus correspondientes traducciones al portugués e inglés pedimos permiso al Sr. Letria, artista luso, para usar su imagen. El autor nos contestó muy amablemente:

                           Caros alunos,

                           Podem utilizar a imagem.
                           Abraços e boa sorte para o vosso projecto.
                           André Letria

      Además de conseguir el permiso del creador, queríamos adentrarnos en el estudio de los privilegios otorgados a cada autor con un ejemplo cercano.

      Estos privilegios son los derechos de autor o copyright (©), una serie de protecciones legales a los artífices de alguna obra o descubrimiento para evitar la libre reproducción de su patrimonio intelectual sin el consentimiento del propietario de dichos poderes. Los poderes más conocidos son:
· Derecho de reproducción
· Derecho de interpretación
· Derecho de grabación
· Derecho de difusión
· Derecho de traducción y adaptación

     Se considera que, por su mera existencia, toda obra creada queda protegida por el derecho de autor. Aunque no hay ninguna organización internacional encargada de gestionar estas potestades, algunos países disponen de sociedades privadas que sí lo hacen (en España, la SGAE o Sociedad General de Autores y Editores). Por lo general, estos derechos patrimoniales tienen una duración de 50 años tras la muerte del autor. Además, mediante acuerdos legales, pueden ser traspasados a otra persona o empresa, es el caso de Michael Jackson en 1985 con los derechos de autor de Los Beatles.
     Los derechos de autor son muy cotizados por el canon del que se beneficia el poseedor de dichas potestades cada vez que la obra en cuestión es reproducida. Si este canon no es abonado, se incurre en un delito de piratería en el caso más leve y de plagio cuando la obra es utilizada de forma masiva sin reconocer la autoría.
     Hoy en día, la piratería está muy extendida, debido a los excesivos precios de las obras y la facilidad para conseguirlas en la red a coste cero y de forma poco regulada. El juicio a los creadores de Megaupload hubiera podido ser un punto de inflexión en el tema, pero no ha sido así.
     Ante este panorama, miles de usuarios reproducen ilegalmente películas, canciones, vídeos y demás a lo largo y ancho de Internet sin penalización alguna, a excepción de un par de minutos de publicidad barata. El daño colateral es el despoblamiento de los cines, la extinción de productoras, el éxodo de los patrocinadores... y, por extensión, del número de artistas. Al final, pierde la cultura. 

    O quizás no, o solo en parte, y he aquí la ilustración de "Paraguas contra la ignorancia", lo que demuestra que el asunto es mucho más complejo. Los tiempos cambian y, si productores y consumidores no llegan a un consenso, el negocio se irá a pique. Es el momento, como diría Miguel de Unamuno, de "renovarse o morir".

Nota: Iniciamos aquí la actividad 5. Los escritos de opinión son artículos interpretativos y orientadores: explican las noticias, su alcance, sus circunstancias y sus consecuencias. Pueden versar sobre distintos temas: economía, cultura, ciencia, educación, política nacional e internacional… pero también asuntos más cercanos.